Asesinar a tu jefe de camino al trabajo se considera accidente laboral

La peculiar versión de “Accidente Laboral” para el TSJ Vasco, el asesinato del jefe por su aprendiz y la caída de una empleada cuando salía a tomar café, el Tribunal los considera accidente laboral.

El asesinato de un trabajador a manos de su aprendiz para robarle un collar de oro ha sido considerado accidente de trabajo por el Tribunal Superior de Justicia de País Vasco.

El Tribunal Superior de Justicia de País Vasco ha considerado accidente de trabajo el asesinato de un empleado a manos de su aprendiz. Este último le atacó con ánimo de robarle un collar de oro.

En este caso, el tribunal ha reconocido, además, que se trata de un accidente in itinere, a pesar de que los hechos sucedieron una media hora antes de llegar al trabajo.

Según recogen los hechos de la sentencia, ambos tenían por costumbre ir juntos a trabajar en el coche de la víctima, dado que vivían cerca. El suceso se produjo en el garaje del empleado, sin que aún se hubiera iniciado la ruta hacia el trabajo ni hubiera entrado ninguno de los dos en el vehículo.

El tribunal vasco considera que se cumplen todos los requisitos para entender que se trata de un accidente in itinere porque los hechos se produjeron en tiempo y lugar de desplazamiento habitual al centro de trabajo; existe un nexo causal entre los hechos y el trabajo porque el empleado fallecido trasladaba a diario en su coche al aprendiz que lo asesinó; y porque ha sido el vínculo laboral entre ambos lo que ha facilitado el acceso del agresor a su víctima.

También señala que fue un hecho fortuito e imprevisible, debido a un conocimiento circunstancial de ambas personas en el marco del trabajo para la misma empresa, que movió al aprendiz a atentar contra la vida de su compañero para sustraer la cadena de oro que había observado que portaba días antes en los vestuarios de la empresa.

Además, recuerda que la agresión no obedecía a motivos ajenos al trabajo. En este sentido, el hecho de que pudiera haberse producido el asesinato por motivos personales entre ellos descartaría la consideración de accidente de trabajo.

La sentencia recuerda la doctrina del Tribunal Supremo, según la cual es accidente in itinere cuando no se hubiera producido de no haber ido a trabajar.

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